¿Quieres encontrar trabajo y regularizar tu situación en España? Nosotros podemos ayudarte. Contrato Formación es un centro especializado que te ofrece la capacitación necesaria que te permite cumplir con el requisito principal del arraigo para la formación. Veamos en qué consiste esta autorización.
¿Qué es el arraigo para la formación?
El arraigo para la formación es un tipo de autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales. Permite a los inmigrantes de origen no europeo obtener un permiso de residencia legal en España, con una validez de un año, prorrogable por un año más, bajo el compromiso de realizar y superar una capacitación presencial.
Además, arraigo para la formación ofrece a los solicitantes una vía alternativa de acceso a formación para mejorar su cualificación y facilitar la inserción laboral, de modo que, tras obtener el permiso de residencia, puedan trabajar en España.
¿Qué se necesita para el arraigo por formación?
Para obtener el arraigo para la formación en España, debes cumplir los siguientes requisitos.
- Haber residido en España de forma regular durante al menos dos años.
- No haber abandonado el territorio español durante más de noventa días dentro del año anterior a la presentación de la solicitud.
- Tener voluntad de cursar formación presencial orientada al empleo.
La formación tendrá una duración mínima de 20 horas semanales y un total de 480 horas anuales, y deberá estar vinculada a una ocupación con suficiente demanda en el mercado laboral español. Además, deberá ser impartida por un centro educativo o de formación autorizado por la Administración española.
Otros requisitos son:
- No tener antecedentes penales en España ni en los países de residencia anteriores.
- No tener una orden de expulsión o devolución en vigor.
- Carecer de prohibición de entrada en España.
- Disponer de medios económicos suficientes para cubrir tus necesidades básicas durante el período de formación.
Por otro lado, los documentos requeridos son los siguientes:
- Pasaporte vigente o documento de viaje válido
- Informe oficial de arraigo social y laboral
- Certificado de la formación a recibir
- Certificado de empadronamiento en España
- Justificante de medios económicos
Las solicitudes de arraigo para la formación deberán presentarse en la Oficina de Extranjería de la provincia donde resida el interesado. El plazo para presentar solicitudes es de 30 días a partir del día siguiente a aquel en que entró en vigor la Ley de Extranjería.
¿Cuánto tarda la resolución de arraigo para la formación?
El plazo legal para la resolución la solicitud de arraigo para la formación en España es de 3 meses a partir del día siguiente a aquel en que se registró la solicitud ante el organismo competente para tramitarla.
Este plazo podrá ampliarse para verificación adicional de la documentación o datos aportados. En este caso, deberá notificarse por escrito al interesado, indicando la causa de la prórroga y el plazo máximo en el que deberá notificarse la resolución. En este caso, la prórroga no podrá ser mayor a tres meses desde el vencimiento del plazo inicial.
Ahora bien, el plazo de resolución real varía de una oficina de extranjería a otra. Para conocer el tiempo de resolución específico, puedes comunicarte con la Oficina de Inmigración donde presentaste la solicitud. En la web oficial del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, puedes consultar el plazo de resolución de la solicitud de autorización de residencia.
No dudes en dar el primer paso hacia tu futuro en España. Estaremos encantados de informarte sobre los servicios que ofrecemos para la formación en tu caso concreto sin compromiso.