El contrato para la formación y el aprendizaje es una excelente oportunidad para trabajadores y empresas.
Las empresas tienen la oportunidad de contratar trabajadores a través de un contrato bonificado y por lo tanto reducir drásticamente los costes de personal.
Este contrato se caracteriza porque el trabajador recibe una formación especifica del puesto de trabajo para el que ha sido contratado. Este modelo que permite una importante mejora profesional de los trabajadores/alumnos, contribuye directamente en la mejora competitiva de las empresas, que tienen a través de este modelo de contrato la oportunidad de descubrir y retener talento.
Para muchos de nuestros clientes, el uso de este modelo contractual, ha sido la solución a la excesiva rotación de personal que sufrían.
VENTAJAS PARA LAS EMPRESAS
- Coste 0€ de Seguridad Social: Es la única modalidad contractual que se paga O€ en Seguros Sociales. Tiene derecho a una reducción del 100% en las cuotas de la Seguridad Social (75% si la empresa tiene más de 250 trabajadores).
- Formación 100% bonificada: bonificación del 100% de la formación en los Seguros Sociales.
- Sin límites de contratos por empresa.
- No se exige mantenimiento de plantilla: el contrato para la formación y el aprendizaje no exige mantenimiento del nivel de empleo alcanzado con la contratación.
- Conversión en indefinido: si el trabajador pasa a ser indefinido, la empresa puede recibir 1.500€ anuales, en el caso de ser hombre, y 1.800€ en el caso de ser mujer, durante tres años.
Para tener derecho a estas reducciones, la empresa debe realizar la transformación a la finalización de la duración inicial del contrato formativo o de alguna de sus prórrogas. En estos casos será de aplicación lo establecido en la sección 1ª del capítulo I de la Ley 43/2006.
VENTAJAS PARA LOS AUTÓNOMOS
Los autónomos pueden contratar bajo la modalidad de formación a sus hijos menores de 25 años o a un familiar que no esté a su cargo y seguir bonificándose el 100% de las cuotas a la Seguridad Social.
VENTAJAS PARA LOS TRABAJADORES
- Prestación por desempleo: El trabajador percibirá prestación por desempleo y cobertura total de la Seguridad Social.
- Formación oficial: La formación va vinculada a certificados de profesionalidad, por lo que el trabajador, una vez haya finalizado su contrato, obtendrá una titulación oficial.
Qué es un certificado de profesionalidad
Los certificados de profesionalidad, regulados por el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, son el instrumento de acreditación oficial de las cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en el ámbito de la administración laboral.
Estos certificados acreditan el conjunto de competencias profesionales que capacitan para el desarrollo de una actividad laboral identificable en el sistema productivo sin que ello constituya regulación del ejercicio profesional.
Tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y son expedidos por el SEPE y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.